jueves, 21 de noviembre de 2013

Subvenciones dirigidas a empresas de base tecnológica en el Principado de Asturias

Subvenciones dirigidas a empresas de base tecnológica en el Principado de Asturias
Subvención a fondo perdido.


Proyectos, actuaciones y costes subvencionables.
Los proyectos a desarrollar en el marco de este programa, deberán realizarse en el ámbito de alguna de las tecnologías capacitadoras que se indican a continuación:
• Tecnologías de la información y la comunicación.
• Materiales avanzados y nanos materiales.
• Tecnologías avanzadas de producción.
• Biotecnología.

 Los proyectos a subvencionar se podrán encuadrar en dos fases, denominadas I y II
Fase I: La ayuda estará centrada en apoyar la creación y puesta en marcha de la EBT. Serán subvencionables los planes de actuación en I+D+i. Los conceptos subvencionables que se podrán incluir son:
— Gastos de constitución de la empresa.
— Costes de personal investigador y de gerencia.
— Gastos de funcionamiento.
— Equipamiento I+D+i.
— Colaboraciones externas para el I+D+i.
— Gastos asociados a la protección y registro de propiedad industrial e intelectual.
— Materiales y suministros necesarios para el desarrollo del Plan de actuación en I+D+i.
  Fase II: La ayuda estará centrada en su consolidación y desarrollo comercial. Serán subvencionables los proyectos de desarrollo del Plan de promoción y comercialización del producto y/o servicio. Los conceptos subvencionables que se podrán incluir son:
— Costes de personal de gestión, comercial y/o internacional.
— Gastos asociados a la protección y registro de propiedad industrial e intelectual.
— Actividades de difusión/comercialización.
— Colaboraciones externas para el diseño, marca, imagen.

Cuantía e intensidad de la ayuda. Hasta el 80% del presupuesto total subvencionable del proyecto, sin que en ningún caso, las subvenciones obtenidas puedan superar los límites máximos de ayuda establecidos en las presentes bases, así como en la normativa comunitaria.
El importe máximo de la subvención concedida en cualquier fase solicitada será de 120.000 €

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las pequeñas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan su domicilio social y un establecimiento productivo en el Principado de Asturias y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones.
b) Que la participación de los emprendedores o promotores de la empresa supere el 25%.
c) Que tengan al menos 1 trabajador a tiempo completo con titulación universitaria.
d) Que sus costes de I+D representen un mínimo del 15% de sus costes de funcionamiento totales durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda.
e) Para la Fase I: Que tengan una antigüedad inferior a 2 años en el momento en que se registra la solicitud de ayuda, a contar desde la fecha de constitución de la empresa y que dispongan de un Certificado de validación del Plan de Empresa emitido por el CEEI.
f) Para la Fase II: Que tengan una antigüedad inferior a 5 años en el momento en que se registra la solicitud de ayuda, a contar desde la fecha de constitución de la empresa y que hayan disfrutado las ayudas a EBT del IDEPA Fase I, NEOTEC o EIBT del PCTI o bien dispongan de la Marca CEEI EIBT.

El plazo de presentación de solicitudes, será desde el día natural siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la presente Resolución, hasta el 25 de noviembre de 2013, ambos incluidos.




No hay comentarios: